Blog gratis
Reportar
Editar
¡Crea tu blog!
Compartir
¡Sorpréndeme!
¿Buscas páginas de abogados-mar-del-plata-familia?
ABOGADOS LABORAL Mar del plata ESTUDIO JURÍDICO DIGNANI & ASOC. 0223-474-2793
ABOGADOS MAR DEL PLATA, DERECHO LABORAL, DERECHO PREVISIONAL, DERECHO CIVIL, DERECHO COMERCIAL, DERECHO de FAMILIA, SUCESIONES, DIVORCIOS, ACCIDENTES de TRANSITO y TRABAJO, CAUSAS PENALES,
« Blog
Entradas por tag: abogados-mar-del-plata-familia
14 de Julio, 2012 · Abogados Mar del Plata

Indemnización Agravada por Despido de una Trabajadora Embarazada


La Cámara del Trabajo condenó a una empresa al pago de una indemnización agravada por despido de una trabajadora embarazada. Si bien la mujer presentó el certificado médico, el fallo sostuvo que “si ya tenía el documento en su poder, confirmando su estado de gravidez y la fecha probable de parto, cabe inferir que su objetivo era presentárselo a su empleador”.

La Cámara del Trabajo, integrada por los magistrados Luis Raffaghelli y Graciela Craig, modificó una sentencia de grado y condenó a una empresa al pago de una indemnización agravada por despido, de casi 100.000 pesos, a favor de una mujer que estaba embarazada al momento del distracto. La empleadora había fundado la desvinculación en la causal de abandono del trabajo.

En particular, la Sala VI del Tribunal de Apelaciones destacó que “si la actora ya tenía en su poder el certificado médico confirmando su estado de gravidez y la fecha probable de parto, cabe inferir que su objetivo era presentárselo al empleador, por lo que resulta coherente lo afirmado por la actora en cuanto intentó hacer entrega del mismo, lo que no pudo cumplir pues la demandada la despidió invocando una causal de despido improcedente”.

En el caso, una trabajadora interpuso una demanda por despido contra su empleadora y reclamó el pago de una indemnización agravada, alegando que el motivo del distracto fue su embarazo. La empleadora negó tener conocimiento de la situación de gravidez y sostuvo que la desvinculación se fundó en la causal de abandono del trabajo.

Por su parte, el juez de primera instancia admitió el reclamo de la trabajadora y condenó a la empresa demandada al pago del resarcimiento por despido, pero no le concedió la indemnización agravada solicitada. Esta sentencia judicial fue impugnada por ambas partes.

La accionada, insistió en la existencia de abandono del trabajo por parte de la actora. Entre tanto, la trabajadora solicitó la admisión de la indemnización agravada, prevista legalmente en casos de despido por embarazo.

De modo puntual, la Cámara del Trabajo señaló que “del intercambio telegráfico habido entre las partes se desprende que la actora, rechazó que existiera de su parte la actitud contemplada en el artículo 244 de la Ley de Contrato de Trabajo, pues afirmó que, tal como le había comunicado telefónicamente al Sr… había sido víctima de una agresión física, por lo que se encontraba con reposo médico”.

“En tales condiciones, no resulta admisible la injuria invocada por la accionada, pues la actora refirió que se encontraba cumpliendo reposo que le había sido prescripta a raíz de haber sufrido una agresión física en la vía pública, circunstancia que se encuentra acreditada con los certificados médicos acompañados”, precisaron los vocales.

Luego, el Tribunal de Apelaciones se pronunció respecto de la indemnización agravada. Al respecto, recordó que según la actora, la accionada fue notificada del embarazo y “luego de recibir tal comunicación fue despedida, en un claro acto discriminatorio, por lo que no tuvo la posibilidad de hacer entrega del certificado de su obstetra”.

“Ha quedado acreditada la autenticidad del certificado médico adjuntado, en el que se confirma que la actora presentaba un embarazo”, por lo que “existen hechos reales y probados que generan la convicción acerca de que la demandada tenía conocimiento de la situación de embarazo de la actora con anterioridad a la notificación del despido, por lo que la decisión rupturista resulta alcanzada por la presunción del artículo 178”, indicó la Justicia de Alzada.

Por lo tanto, la Cámara del Trabajo modificó, en forma parcial, la sentencia de primera instancia y elevó la indemnización por despido a favor de la actora a casi 100.000 pesos, más intereses. El recurso de apelación de la empleadora fue rechazado.

Fuente: diariojudicial.com
Palabras claves , , , , ,
publicado por juanjoserl a las 23:45 · 1 Comentario  ·  Recomendar
 
Sobre mí
FOTO

ABOGADOS Mar del plata ESTUDIO JURÍDICO DIGNANI & ASOC.

DERECHO LABORAL,
ACCIDENTES de TRABAJO,
DERECHO PREVISIONAL,
JUBILACIONES, PENSIONES,
DERECHO CIVIL, COMERCIAL,
de FAMILIA, SUCESIONES, DIVORCIOS,
ACCIDENTES de TRANSITO,
CAUSAS PENALES, DEFENSAS,
DAÑOS en GRAL.
JUBILACIONES, AMAS de CASA,

Av. PEDRO LURO 3588 Oficina 5 (Mar del Plata)
Lunes a Viernes de 10 a 16 Hs.
TE: (0223) 474-2793

E-mail: estudiodignani@hotmail.co

» Ver perfil

contador de visitas
contador visitas
  • Guia Argentina
  • Anuncios gratis
  • Directorio Web
  • Clasificados-Sales.com.ar El Directorios de Sitios On Line
  • Directorio web
  •  Xumbia. Directorio de sitios. Avisos Clasificados Gratuitos
  • Miradir - Directorio hispano
  • Guia Argentina
  • Anuncios gratis
  • Abogados Mar del Plata Estudio Juridico
  • Follow Me on Pinterest
  • Círculo Amigos Todoar
  • ENLAZA A ESTA PAGINA PARA APARECER EN EL LISTADO. Escribir a: estudiodignani@hotmail.com
  • Paginas Amigas
  • mardelbuscador.com Mar del Plata
  • mardelbuscador.com Mar del Plata
  • Abogados Mar del Plata Estudio Juridico
  • Calendario
    Ver mes anterior Abril 2024 Ver mes siguiente
    DOLUMAMIJUVISA
    123456
    78910111213
    14151617181920
    21222324252627
    282930
    Buscador
    Blog   Web
    Secciones
    » Inicio
    Marcadores flenk
    » ABOGADOS, LABORAL, Mar del plata, ESTUDIO JURÍDICO DIGNANI & ASOC.
    ABOGADOS en MAR DEL PLATA ESTUDIO JURIDICO DIGNANI
    Más leídos
    » JUBILACION PENSION MAR DEL PLATA
    » Abogados Mar Del Plata Asoc. Estudio Jurídico Integral - 0223-474-2793
    » ABOGADOS MAR DEL PLATA LABORAL - 0223-474-2793 -
    » ACCIDENTE DE TRABAJO, RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA ART.
    » Costituye contrato de trabajo a pesar de figurar como locacion de servicios
    » Despedida de su trabajo por sufrir de depresión post parto
    » EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR JUBILACIÓN. ART. 252. LCT. INCUMPLIMIENTO DE APORTES. DESPIDO INJUSTIFICADO. ABOGADOS MAR DEL PLATA LABORAL - 0223-474-2793 -
    » La Indemnización no Paga Ganancias - ABOGADOS MAR DEL PLATA LABORAL - 0223-474-2793 -
    » ABOGADOS Mar del plata ESTUDIO JURÍDICO DIGNANI & ASOC.
    » Simulación de Venta de Bienes para no Pagar Deudas y Juicio Laboral
    Tópicos
    » Abogados Mar del Plata (111)
    » Abogados Mar del Plata Laboral (7)
    Nube de tags  [?]
    Enlaces
    » ABOGADOS LABORAL, DESPIDOS, TRABAJO en NEGRO,
    » ABOGADOS en MAR DEL PLATA ESTUDIO JURIDICO DIGNANI
    » Abogados Mar del Plata Estudio Juridico Dignani
    FULLServices Network | Blog gratis | Privacidad